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Vehículos para personas de movilidad reducida | DGT

Actualizado: 13 dic 2023

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La movilidad es un aspecto clave para la calidad de vida, y para aquellas personas con algún grado de discapacidad que afecte su movilidad, los vehículos adaptados desempeñan un papel crucial. En este artículo veremos cómo define la DGT a este tipo de vehículos, así como las regulaciones y prácticas comunes.


¿Qué es un Vehículo para Personas con Movilidad Reducida?

Para la DGT, los vehículos para personas de movilidad reducida tienen características de Ciclomotor de tres ruedas. Este tipo de vehículos están diseñados o adaptados para facilitar el transporte de individuos con alguna limitación o incapacidad física.

En esta categoría podremos encontrar desde automóviles convencionales con adaptaciones, scooters eléctricos, hasta vehículos adaptados, con rampas elevadoras, específicamente diseñados para usuarios con sillas de ruedas.


¿Qué es la licencia LCM?

La Licencia de Conducir para Personas con Movilidad Reducida (LCM) permite conducir vehículos adaptados para personas con algún tipo de discapacidad. Esta licencia puede obtenerse a partir de los 14 años, pero no se permite llevar pasajeros hasta los 16 años.

La LCM se otorga automáticamente al obtener los carnés A1, A o B. La renovación se realiza cada 10 años hasta los 65 años, momento en que las renovaciones son cada 5 años.

Los requisitos incluyen residir en España, tener al menos 14 años, cumplir condiciones psicofísicas específicas y aprobar las pruebas teórica y práctica.

Las pruebas consisten en una prueba teórica con 20 preguntas tipo test y una prueba práctica en un circuito cerrado, que incluye maniobras como zigzag entre conos y aceleración y frenado.


Normativa: Vehículos para Personas con Movilidad Reducida

Los vehículos de movilidad reducida están exentos de ciertas obligaciones que afectan a los vehículos convencionales y los VMP. Al no considerarse vehículos como tal, no es necesario asegurarlos, matricularlos ni llevarlos a la ITV.

Desde el punto de vista práctico, siguen la normativa de los peatones, circulando por zonas peatonales y aceras, manteniendo una velocidad acorde con la de otros peatones. En situaciones donde deben utilizar el arcén o la calzada, deben evitar entorpecer el tráfico. La circulación por autopistas o autovías está prohibida.


Además, las personas con discapacidad igual o superior al 33% pueden acceder a beneficios fiscales al comprar un vehículo de movilidad reducida, como una reducción del IVA y la exención de impuestos de matriculación y circulación.


Estas ventajas aplican si cumples con requisitos como tener un certificado de minusvalía igual o superior al 33%, que tu vehículo anterior se haya matriculado al menos cuatro años antes de la compra, que el nuevo vehículo no se venda o transfiera en los próximos cuatro años (a menos que sufra un siniestro total), y solicitar anticipadamente los beneficios fiscales a Hacienda y la exención del impuesto de circulación al ayuntamiento correspondiente.


 

Preguntas Frecuentes


Los vehículos para personas de movilidad reducida, ¿están obligados a circular por el arcén?

Los conductores de vehículos para personas con movilidad reducida circularán por el arcén de su derecha si es transitable y suficiente. En caso contrario, utilizarán la parte mínima necesaria de la calzada, especialmente si no hay una vía destinada específicamente para ellos.

¿Cuál es la velocidad máxima permitida para un vehículo de personas con movilidad reducida?

¿Quién puede conducir un coche de movilidad reducida?



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